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31 mayo El Sector

Entra en vigor la nueva regulación para la estiba y sujeción de las mercancías

El pasado 20 de mayo entró en vigor el Real Decreto 563/017 de 2 de junio cuyo objeto es regular las condiciones en las que se deben realizar las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales, independientemente de su carga.

Uno de los puntos principales del mismo, es la nueva regulación para la estiba y sujeción de las mercancías, pues según datos proporcionados por la Dirección General de Tráfico, el 7,5% de las infracciones puestas a camiones y vehículos de transporte profesional, han sido por el mal posicionamiento de la carga y por su deficiente sujeción. Además, en torno al 22% de los camiones que posicionan mal la carga o hacen una sujeción incorrecta pueden llegar a tener un accidente con víctimas.

A partir de ahora,  se hará recaer la responsabilidad y las diversas sanciones en las operaciones de carga sobre el titular y el conductor del vehículo, con multas entre los 200 y 500 euros, en el caso de una inadecuada sujeción, y hasta los 4.000 euros, en el caso de una mala distribución de la carga.

Este real decreto será de aplicación a los vehículos comerciales pertenecientes a las siguientes categorías:

a) Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de personas y sus equipajes, con más de ocho plazas además de la del conductor – vehículos de las categorías M2 y M3 .

b) Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías, con una masa máxima superior a 3,5 toneladas – vehículos de las categorías N2 y N3.

c) Remolques diseñados y fabricados para el transporte de mercancías o de personas, así como para el alojamiento de personas, con una masa máxima superior a 3,5 toneladas – vehículos de las categorías O3 y O4.

d) Tractores de ruedas de la categoría T con una velocidad nominal máxima superior a 40 km/h, utilizados principalmente en vías públicas para el transporte comercial por carretera.

e) Vehículos comerciales ligeros de la categoría N1 con un peso inferior a 3,5 toneladas dentro de los controles e inspecciones que se puedan realizar a este tipo de vehículos.